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El presente Decreto dispone que todas las instituciones del Sector Ambiente, Energía, Mares y Ordenamiento Territorial y del Sector Desarrollo Agropecuario y Rural, tal y como se definen en el Decreto Ejecutivo N° 38536-MP-PLAN del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, integrarán acciones en sus programas, proyectos y en sus planes de desarrollo institucional, con el fin de lograr una "Articulación Intersectorial para la incorporación de los Principios de Neutralidad de la Degradación de Tierras en la Lucha contra la Desertificación, la Degradación de la Tierra y la Sequía". Se designa a la Comisión Asesora sobre Degradación de Tierras (CADETI), como órgano especializado para asesorar a los entes públicos en la realización de esta Articulación Intersectorial.La Articulación Intersectorial se propone velar para que en el futuro se incorpore en los instrumentos de política y de planificación de desarrollo, nacionales e institucionales, de ambos sectores, los principios de la Neutralidad de la Degradación de Tierras aprobados por las Naciones Unidas en la Cumbre de Río+20, contenidos en el artículo 15.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y adoptados por la Secretaría de la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación en particular en África, e incluidos y validados en el Programa de Acción Nacional de Lucha Contra la Degradación de las Tierras en Costa Rica (PAN), alineado éste con la Estrategia Decenal 2008-2018 de la Convención como mecanismo de implementación de la misma en Costa Rica.Asimismo, se propone: a) Ser parte activa y propositiva de los esfuerzos internacionales promovidos por la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación en particular en África y la Alianza Mundial por el Suelo de la FAO, con el fin de proteger el recurso suelo para las futuras generaciones; b) Propiciar el ordenamiento territorial, la planificación del uso sostenible de la tierra, el manejo, conservación y convivencia de todas las funciones del suelo en especial en las políticas, los planes, programas y proyectos de todas las instituciones del Sector de Ambiente, Energía, Mares y Ordenamiento Territorial y del Sector de Desarrollo Agropecuario y Rural, en función de la cuenca hidrográfica como unidad de planificación; c) Incluir los conocimientos de planificación del uso sostenible de la tierra y de manejo y conservación de los suelos y sus funciones, en los programas educativos nacionales; d) Velar por el uso racional de los recursos naturales, el manejo sostenible de la tierra, la conservación del recurso suelo y la zonificación agroecológica de cultivos para efectos de crédito agropecuario y agroindustrial; e) Incorporar la gestión integrada de los recursos agua, suelo y plantas dentro del concepto de sostenibilidad que maneja el país, en términos de políticas, planes, programas, proyectos y presupuestos. Implementa: Decreto Nº 38536-MP-PLAN ─ Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo. (2014-07-25) Implementa: Decreto Nº 35216-MINAET-MAG ─ Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Degradación de la Tierra en Costa Rica. (2009-03-11)