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Library ¡La protección comienza en casa pero no termina ahí! Las dinámicas de las obligaciones que tienen los Estados de proteger los derechos humanos de los desplazados ambientales

¡La protección comienza en casa pero no termina ahí! Las dinámicas de las obligaciones que tienen los Estados de proteger los derechos humanos de los desplazados ambientales

¡La protección comienza en casa pero no termina ahí! Las dinámicas de las obligaciones que tienen los Estados de proteger los derechos humanos de los desplazados ambientales

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LaReferencia:CO_b6c76187b4edb6f89775abe2745d6561
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La degradación ambiental y los efectos del cambio climático impactan directa e indirectamente en la posibilidad de gozar de los derechos humanos. Los países donde los efectos del cambio ambiental y la degradación son más latentes tienen mayor probabilidad de ser vulnerables al desplazamiento, debido a la falta de recursos disponibles para la adaptación, poca capacidad para la ejecución de los recursos y a menudo un récord insuficiente de protección de derechos humanos. Tales países son también los que con menor probabilidad ejercerán presión en los gobiernos a escala nacional e internacional. Aunque el número exacto de desplazados es difícil de calcular, las predicciones son de aproximadamente 150 millones de desplazados ambientales para el año 2050. Este artículo comienza mostrando el impacto del cambio climático sobre las personas, para luego centrarse en las obligaciones de los Estados según los estándares del derecho internacional humanitario en conjunto con la jurisprudencia regional e internacional. El objetivo es establecer los deberes de cada Estado en términos de respetar los derechos humanos y asegurar un ambiente seguro y sano evitando la degradación del medio ambiente. Un segundo objetivo es establecer cómo los deberes de los Estados son transferibles en el contexto del cambio climático; en particular, cuáles son sus obligaciones sobre proteger a los desplazados ambientales. El ensayo explora el deber de los Estados de proteger a los desplazados ambientales mediante un “modelo dinámico de internalización de deberes de protección”: respetar y satisfacer las necesidades de la gente en un proceso interactivo, cooperativo, participativo y con asistencia internacional. Finalmente, el sistema de gobierno de los Estados debe encontrar formas de lidiar con los nuevos retos legislativos del mundo actual y sus permanentes emergencias de degradación y cambio climático, bien sean naturales o generadas por las personas.

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