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Library Argentina y el problema de la tierra

Argentina y el problema de la tierra

Argentina y el problema de la tierra

Resource information

Date of publication
June 2016
Resource Language
ISBN / Resource ID
IPDRS-Diálogos-175
Pages
4
License of the resource

El Instituto para el Desarrollo Rural de Sudamérica (IPDRS) ofrece el presente artículo que surgió de la reflexión de la temática de tierras en Argentina. La autora hace una descripción de la problemática del acceso a la tierra y las acciones concretas que el Gobierno de ese país ha realizado para cambiar esa situación. De esta forma, el presente artículo sirve como un documento descriptivo del problema de la tierra y plantea una visión crítica a la situación actual.
La concentración de la tierra en Argentina se profundizó al finalizar el siglo XX, vía compra o arrendamiento a favor de medianos y grandes propietarios, y posteriormente de inversores nacionales y extranjeros que acaparan tierras o intervienen en la actividad productiva de manera indirecta, como lo explica Marcelo Sili (2011). Este panorama no pudo haberse constituido de esa forma sin la expulsión y desplazamiento, aún latentes, de los pequeños campesinos y de los pueblos indígenas.
En la agenda mediática, los propietarios agremiados (medianos y grandes) son los principales protagonistas de movilizaciones y protestas que demandan o interpelan políticas agrícolas. En 2015 se desarrollaron varias protestas (paro y suspensión de venta de productos) por parte de la Sociedad Rural Argentina (SRA), las Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) y la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), reunidas en la Mesa de Enlace, en contra de las políticas agrarias gubernamentales aplicadas en los últimos doce años. Los convocantes denunciaron, según medios locales, que más de 95 mil productores agropecuarios dejaron la actividad, desde 2002 (un tercio del total), desapareció un tambo por día, desde 2003, y se recortará la siembra de todos los cultivos por cuarto año consecutivo. 
Del otro lado los pequeños campesinos todavía enfrentan una desventaja legal y económica en la posesión de la tierra y conviven con las explotaciones agroindustriales recibiendo el impacto directo de su intervención (fumigaciones, por ejemplo), sin contar con la presencia de actividades extractivas mineras.
En ese contexto las políticas explícitas o implícitas para tratar a propietarios extranjeros, por un lado, y a los pueblos indígenas, por otro, revelan la opción del Estado argentino por una negación hacia la población más vulnerable y son la fuente de una serie de conflictos en torno a la tierra.
Contra la extranjerización de la tierra
En lo que parecen pasos primerizos para regularizar la tenencia de la tierra, en la gestión pasada el gobierno de Argentina comenzó a recolectar información para conocer el estado de la tenencia (propiedad, posesión, titulación, informalidad) en un sector específico del sector agrario: los grandes propietarios no nacionales.
Los datos demuestran una escasa proporción de extranjerización de la tierra, con base en registros construidos con información proporcionada voluntariamente por los propietarios. Según los primeros resultados publicados, un 6,09% de las tierras rurales, equivalente a 16.253.279 hectáreas, está en manos de propietarios extranjeros. El Registro Nacional de Tierras Rurales, de donde se obtienen esos resultados, no solo es una instancia de estadística sino que además permite la formalización de la propiedad y la tenencia de los propietarios (accionistas de personas jurídicas). Entonces un proceso necesario de relevamiento y actualización de información se ha convertido en un mecanismo para legitimar la posesión de grandes propiedades.
Un informe elaborado por GRAIN muestra otro dato importante que es la  reducción paulatina, en los últimos años, del número de pequeñas fincas en el país. Aunque se trata de “fincas pequeñas” no necesariamente se refiere a la propiedad o posesión de los pequeños campesinos que producen en parcelas y que han sido desplazados por las grandes propiedades para ir hacia las aglomeraciones urbanas. 
Y ¿Qué pasa con los pueblos indígenas?
La situación de los pueblos indígenas se torna más precaria políticamente debido a que si bien está vigente la Ley 26.160, que detiene temporalmente toda medida de desalojo en áreas rurales, esta forma de desposesión en su contra continúa vigente. La persecución política a los dirigentes indígenas y la simple invisibilización de sus luchas son rasgos de los administradores políticos del Estado, así como los desalojos y expulsiones violentas. Para algunos pueblos indígenas, la simple permanencia en la tierra se ha convertido en una forma de resistencia. 
Una última encuesta aplicada a 51 comunidades indígenas muestra el siguiente panorama:  53% se declara poseedora de la tierra, no propietaria. Sólo 31% tiene título de propiedad comunitaria de sus tierras. El 63% usa la tierra para la producción familiar, mientras que el 63% refiere la existencia de conflictos territoriales, principalmente con terratenientes o vecinos externos a la comunidad. 51% concretó la delimitación de la tierra de ocupación actual y pública (Ley 26.169) y el 65% cuenta con la resolución ministerial aprobada que certifica la ocupación de la tierra.
El panorama muestra una fragilidad legal de los pueblos indígenas para defender la tierra porque si bien existen mecanismos estatales que respaldan la posesión (certificado de ocupación, delimitación de posesión), no tienen títulos de propiedad para defenderse de los grandes avasalladores y los conflictos territoriales son frecuentes. Aunque los datos de esa encuesta no revelan un perfil completo de la situación, es claro que los pueblos indígenas son todavía poseedores de tierras susceptibles de entrar en disputa fácilmente, ante la simple expresión de interés de inversores o terratenientes que las desean para desarrollar empresas turísticas, agroindustria o el arrendamiento para obtener renta.
Conflictos en el acceso a la tierra y el territorio
El panorama descrito muestra a inversores capitalistas (extranjeros y nacionales), medianos y grandes propietarios, pequeños campesinos y pueblos indígenas como actores en torno a la disputa de la tierra, una disputa en la que los primeros dejan sentir su peso político y económico.
La presencia de la gran propiedad agraria, junto a la empresa extractiva en distintos rubros, ha provocado conflictos por la tierra permanentes en Argentina. Amnistía Internacional (www.territorioindigena.com.ar) tiene contabilizados 183 conflictos respecto de pueblos indígenas y sus territorios frente a empresas agropecuarias, mineras, petroleras, inmobiliarias, etc., por problemas que van desde usurpación de tierra hasta daños ambientales.
A continuación revisamos algunos conflictos destacados en la gestión 2015, aunque algunos de ellos tienen más larga data.
Si bien la Ley 26.160 prohíbe la expulsión y desalojo de comunidades indígenas de sus territorios, esta forma de actuar no ha desaparecido y se ha convertido en una modalidad de los grandes propietarios para hacerse con tierras. La persecución penal a la indígena Relmu Ñamku, por resistir un desalojo en Neuquén lanzando piedras a los funcionarios encargados de su despojo, es un ejemplo. El desalojo estaba dirigido a la comunidad Winkul Newen, a solicitud de una petrolera estadounidense. La dirigente fue absuelta por un jurado intercultural en noviembre de 2015, pero la persecución penal de la que fue objeto se suma a otras similares contra líderes de comunidades indígenas.
Asimismo, en febrero, se instaló una vigilia de los pueblos Qom, Pilagá, Wichí y Nivaclé, conocido como acampe Qopiwini, que se extendió por diez meses en Buenos Aires y recibió la solidaridad de organismos de derechos humanos e intelectuales progresistas. A principios de diciembre, el campamento provisional se levantó sin ninguna respuesta de la presidenta Cristina Fernández al pedido de devolución de tierras, respeto de su autodeterminación (consulta previa) y mejora de la calidad de vida (trabajo, salud, educación) de estos pueblos en Formosa.
Por otra parte, un informe de la OMS sobre la potencialidad cancerígena del glifosato fue el contexto del desarrollo del 3° Congreso Nacional de Médicos de Pueblos Fumigados, cuya declaración se pronuncia en contra del uso de pesticidas. Los dos puntos de su declaración demanda: 1. “Prohibir completamente la fumigación aérea en todo el país con cualquier tipo de agrotóxico. Los niveles de contaminación que esta generan son inaceptables para el ambiente y la salud humana; 2. Prohibir totalmente los agrotóxicos reconocidos por IARC-OMS como cancerígenos humanos grados 1, 2A y 2B, sobre todo glifosato. No hay necesidad ‘productiva’ que justifique el riesgo de generar cáncer en personas expuestas ambientalmente o a través de alimentos contaminados”.
En abril se realizó la Primera Marcha de las Mujeres Originarias por el Buen Vivir, que convocó a mujeres de 36 nacionalidades del territorio. Ellas entregaron al Congreso Nacional el proyecto de ley por el buen vivir con el propósito de crear el “Consejo de Mujeres Originarias por el Buen Vivir, para la realización de un proceso de consulta, participación, información y difusión a fin de elaborar y proponer normativas y políticas que garanticen y efectivicen el buen vivir”.
La lucha por el acceso a la tierra y el territorio
En el 2015, diversos sectores se movilizaron en búsqueda de tierra y una mejor calidad de vida. Es así que no solo se realizan marchas y protestas sino también   cumbres en las que se plantean propuestas y se buscan soluciones a la problemática que afecta al área rural.
La Unión de Trabajadores de la Tierra impulsó la toma de terrenos por parte de grupos de pequeños campesinos organizados, entre los que destacan los agricultores cercanos a los centros urbanos, migrantes (en su mayoría de origen boliviano) y cuyo objetivo es acceder a créditos para comprar tierras. En abril sucedió una toma por la tierra y trabajo en Jáuregui, Gran La Plata, por parte de familias campesinas que pedían créditos amigables para comprar terrenos. En septiembre en una marcha se mostraron propuestas para establecer una “Colonia Agrícola Integral de Abastecimiento Urbano” mediante un comodato que permita a las familias sin tierra cultivar en territorios ociosos estatales.
En otra actividad impulsada por los pueblos indígenas, estos realizaron la Segunda Cumbre de Pueblos y Naciones Indígenas de Argentina, en septiembre, donde se  propuso una declaración en la que afirman que se comprometen a seguir con las “luchas, defendiendo nuestros valores y derechos ancestrales, defendiéndonos de cualquier violación a nuestros pueblos y derechos, y protegiendo nuestras tierras y territorios”, según se expresaron ante medios locales. Además denuncian al gobierno argentino por violar las leyes y acuerdos internacionales sobre los derechos de los pueblos indígenas y la persecución a sus líderes.  
A la vez, desde el Estado, entró en vigencia el nuevo Código Civil (Ley 26.994) que en su artículo 18 dice: “Las comunidades indígenas reconocidas tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional”.
La legalidad y la institucionalidad estatal es, por tanto, otro campo donde se trata de obtener puntos a favor de los pueblos indígenas. En 2015 varios colectivos de comunidades indígenas, entre ellos miembros del campamento Qopiwini, junto a diputados y senadores de distintas organizaciones políticas, presentaron a principios de diciembre de 2015 el proyecto de Ley de Propiedad Comunitaria Indígena. La propuesta caracteriza a la propiedad comunitaria como “de administración autónoma, indivisible, inembargable, inenajenable, inarrendable a terceros e insusceptible de gravámenes”, y plantea que queda “excluida del sistema sucesorio del Código Civil y Comercial de la Nación, correspondiendo para su transmisión interna la aplicación del derecho consuetudinario del Pueblo Indígena de que se trate”. Un mes antes, en noviembre de 2015, otra coordinación entre dirigentes de comunidades indígenas y un grupo de parlamentarios también presentó un proyecto de Ley de Propiedad Comunitaria Indígena.
El problema de la búsqueda de una institucionalidad legal es que puede desgastar esfuerzos, trabajo y lucha en busca de una norma cuyo cumplimiento es incierto. Como sucede con la Ley 27.118 de “Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la construcción de una nueva ruralidad en Argentina” para cuya ejecución la Unión de Trabajadores de la Tierra (UTT) demanda presupuesto con la consigna de que “sin presupuesto no hay ley”.
Las pequeñas victorias se anotan también en este campo, como sucedió en el Concejo Deliberante de Monte Maíz, localidad en Córdoba, que legisló la prohibición de fumigar a menos de 500 metros de las viviendas de la población con los agroquímicos menos tóxicos. En esos “500 metros se creará una barrera forestal y recién a los 1.000 metros de allí se podrán usar los agroquímicos más nocivos”. En este mismo ámbito está la propuesta expresada en un proyecto de ley para crear una “Comisión Permanente de Asesoramiento sobre Legislación y Buenas Prácticas para Usos y Aplicación de Agroquímicos, Pesticidas, Herbicidas, Plaguicidas y/o productos similares”, en la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, que tiene el propósito de crear un marco normativo e institucional que genere procedimientos para la aplicación, manipulación y disposición final de productos y envases de agrotóxicos.

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