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Library Decreto Supremo Nº 28.160 - Política de acceso a la tierra y desarrollo productivo.

Decreto Supremo Nº 28.160 - Política de acceso a la tierra y desarrollo productivo.

Decreto Supremo Nº 28.160 - Política de acceso a la tierra y desarrollo productivo.

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Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC070754
License of the resource

El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer una política nacional de acceso a la tierra y desarrollo productivo, como instrumento complementario a los establecidos en la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, al fin de beneficiar a comunidades y asociaciones de indígenas, campesinos y colonizadores que no tienen tierra o la poseen insuficiente. El instrumento consta de los siguientes tres componentes: a) Componente de Acceso a Tierras, consistente en una línea de financiamiento reembolsable con carácter de rotativa, a través de la cual se canalizarán recursos en forma de préstamos destinados a la compra de tierras productivas; b) Componente de Inversiones Comunitarias, consistente en una línea de financiamiento no reembolsable como mecanismo de transferencia directa a las comunidades productivas de indígenas, originarios, campesinos y colonizadores con destino al co-financiamiento no reembolsable de inversiones y actividades productivas comunitarias administrada por una entidad del sector público; c) Componente de Asistencia Técnica, consistente en apoyo a las comunidades y asociaciones tanto para el acceso a tierras, como para el logro de los objetivos de desarrollo productivo.El instrumento pone el foco en las poblaciones rurales. En este sentido establece que los beneficiarios serán comunidades y asociaciones de indígenas, originarios, campesinos y colonizadores, conformadas por familias pobres que no tienen tierra o la poseen de manera insuficiente. Se contemplan los parámetros de identificación y selección de los beneficiarios. Algunos de estos parámetros son: a) estar organizados en asociaciones u otra forma de organización comunitaria; b) no superar los ingresos familiares anuales indicados; c) no haber adquirido inmueble rural con área superior a la de una propiedad pequeña, durante los últimos tres años; d) no ser potenciales compradores o poseedores de derecho de participación en herencia sobre un inmueble rural mayor a la propiedad pequeña.

Implementa: Ley Nº 1.715 - Servicio Nacional de Reforma Agraria. (1996-10-18)
Enmendado por: Decreto Supremo Nº 28.734 - Modifica el Decreto Supremo Nº 28.160, Política de acceso a la tierra y desarrollo productivo. (2006-06-02)
Enmendado por: Decreto Nº 795 - Modifica el Decreto Nº 28.160 de 2005, sobre Política de acceso a la tierra y desarrollo productivo. (2011-02-15)

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Authors and Publishers

Author(s), editor(s), contributor(s)

Faragasso, Romina (CONSLEG)

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