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El presente Decreto reglamenta parcialmente el capítulo XIV de la Ley Nº 160 de 1994 en lo relacionado con la dotación y titulación de tierras a las comunidades indígenas para la constitución, reestructuración, ampliación y saneamiento de los resguardos indígenas en el territorio nacional. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA) realizará los estudios de las necesidades de tierras de las comunidades indígenas para la dotación y titulación de las tierras suficientes o adicionales que faciliten su adecuado asentamiento y desarrollo, el reconocimiento de la propiedad de las que tradicionalmente ocupan o que constituyen su hábitat, la preservación del grupo étnico y el mejoramiento de la calidad de vida de sus integrantes, sin perjuicio de los derechos de las comunidades negras.
Implementa: Ley Nº 160 - Crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, establece un subsidio y reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1994-08-03)
Enmendado por: Decreto Nº 1.071 - Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. (2015-05-26)