Decreto Legislativo Nº 860 - Ambito de aplicación de la Ley del registro de predios rurales.
El Decreto Legislativo, que consta de 1 articulo, dispone que el Sistema Nacional de los Registros Públicos inscribirá en todo el país los actos y contratos relacionados a predios rurales, con arreglo a los procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 667.