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Biblioteca Decreto Supremo Nº 008-2016-MC ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES, Reglamento de la Ley Nº 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.

Decreto Supremo Nº 008-2016-MC ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES, Reglamento de la Ley Nº 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.

Decreto Supremo Nº 008-2016-MC ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES, Reglamento de la Ley Nº 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.

Resource information

Date of publication
Julio 2016
Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC159999
License of the resource

El presente Decreto Supremo modifica el Reglamento de la Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, dado que resulta necesario modificar la conformación de la Comisión Multisectorial con la finalidad que en ella puedan participar diversos sectores del gobierno nacional, así como también, representantes de los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana, en la realización de los estudios previos de reconocimiento de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Situación de Contacto Inicial (PIACI) y en los estudios adicionales de categorización, garantizando el derecho y desarrollo de los mismos, como el respeto de su libre voluntad.Se dispone que el Ministerio de Cultura (MC), a través del Despacho Viceministerial de Interculturalidad (VMI), es el ente rector del Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial. El ente rector evalúa, planifica y supervisa las medidas y acciones destinadas a la protección de los PIACI, coordinando para ello con los diversos sectores del ejecutivo, en especial con los Sectores Salud, Agricultura y Riego, Interior y Ambiente, y con la sociedad civil. La Política Nacional sobre Pueblos en Aislamiento y Contacto Inicial se encuentra contenida en el Plan Nacional de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial, que debe ser elaborado por el MC a través del VMI. El Plan Nacional es vinculante para cada uno de los Sectores del Ejecutivo, siendo el MC el encargado de velar por su cumplimiento.El Régimen Especial Transectorial, es un conjunto de políticas públicas articuladas por el MC a través del VMI, en coordinación con los Sectores Salud, Agricultura y Riego, Interior y Ambiente, con el propósito de que el Estado garantice la protección y sobrevivencia de los pueblos en situación de aislamiento o contacto inicial.

Enmienda: Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES ─ Reglamento de la Ley Nº 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial. (2007-10-04)

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Authors and Publishers

Author(s), editor(s), contributor(s)

Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru

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