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Biblioteca Ley Nº 9/2001 - Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Ley Nº 9/2001 - Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Ley Nº 9/2001 - Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

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ISBN / Resource ID
LEX-FAOC156873
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La presente Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, tiene por objeto la ordenación urbanística del suelo en la Comunidad de Madrid. La ordenación urbanística regula la utilización del suelo; los procesos de transformación de éste mediante la urbanización, la edificación y la construcción en general o cualquiera de las otras formas previstas en la presente Ley; y el uso, la explotación, la conservación y la rehabilitación de las obras, los edificios, las construcciones y las instalaciones. La función social de la propiedad delimita el contenido de las facultades urbanísticas susceptibles de adquisición y condiciona su ejercicio. Los derechos y los deberes de la propiedad del suelo resultan de su clasificación y, en su caso, calificación urbanística. La utilización del suelo, y en especial su urbanización y edificación, deberá producirse en la forma y con las limitaciones que la legislación de ordenación territorial y urbanística establezcan, de conformidad con la clasificación urbanística de los prediosEl planeamiento general clasifica el suelo del término municipal en todas o algunas de las siguientes clases: 1) suelo urbano; 2) suelo urbanizable; y 3) suelo no urbanizable de protección.

Enmendado por: Ley Nº 4/2015 - Modifica la Ley Nº 9/2001, Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. (2015-12-08)
Revoca: Ley Nº 9/1995 - Medidas de política territorial, suelo y urbanismo. (1995-03-28)

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