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Biblioteca Ley Nº 127 - Para enmendar los Artículos 4; Artículo 8; Artículo 14; Artículo 16; Artículo 17 y el Artículo 19 de la Ley Nº 183 de 2001, Ley de Servidumbres de Conservación de Puerto Rico.

Ley Nº 127 - Para enmendar los Artículos 4; Artículo 8; Artículo 14; Artículo 16; Artículo 17 y el Artículo 19 de la Ley Nº 183 de 2001, Ley de Servidumbres de Conservación de Puerto Rico.

Ley Nº 127 - Para enmendar los Artículos 4; Artículo 8; Artículo 14; Artículo 16; Artículo 17 y el Artículo 19 de la Ley Nº 183 de 2001, Ley de Servidumbres de Conservación de Puerto Rico.

Resource information

Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC109218
Pages
4
License of the resource

La presente introduce algunas enmiendas a la Ley de Servidumbres de Conservación de Puerto Rico con el propósito de reforzar la figura de la servidumbre de conservación y establecer ciertos controles adicionales en el otorgamiento de los beneficios contributivos. En particular, modifica el artículo 8º en lo referente a los requisitos de las organizaciones sin fines de lucro a efecto de ser titulares de las servidumbres.

Enmienda: Ley Nº 183 - Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico. (2011-12-27)

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Authors and Publishers

Author(s), editor(s), contributor(s)

Faragasso, Romina (CONSLEG)

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