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Biblioteca Resolución Nº 212-ANATI ─ Procedimiento de parcelaciones de tierras nacionales para la adjudicación con fines agrarios o en función de esta actividad.

Resolución Nº 212-ANATI ─ Procedimiento de parcelaciones de tierras nacionales para la adjudicación con fines agrarios o en función de esta actividad.

Resolución Nº 212-ANATI ─ Procedimiento de parcelaciones de tierras nacionales para la adjudicación con fines agrarios o en función de esta actividad.

Resource information

Date of publication
Agosto 2017
Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC174884
License of the resource

La presente Resolución establece el Procedimiento de parcelaciones de tierras nacionales para la adjudicación con fines agrarios o en función de esta actividad. La Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), podrá crear, por medio de metodología convencional o por regularización masiva de tierras, parcelaciones agrarias para destinarlas a la cría directa de animales o cultivo vegetal con fines de producción de alimentos, o para la vivienda de personas o familias dedicadas a la actividad agraria. A tal fin, el Estado podrá reservar tierras nacionales para fines de parcelación agraria: 1) cuando no estén ocupadas y sean aptas para la producción agraria, o para la vivienda de las personas o familias dedicadas a la actividad agraria; b) cuando ya estén siendo explotadas para la producción agraria, o exista posesión en concepto de vivienda de personas o familias dedicadas a la actividad agraria.La iniciativa para la creación de las parcelaciones agrarias podrá iniciarse de la siguiente manera: i) A solicitud de un grupo de productores agrarios no poseedor que, en forma individual o colectiva, proponga el desarrollo de la actividad agraria para consumo propio o familiar, o en concepto de empresa agraria u otra forma de organización campesina o de productores, sobre fincas patrimoniales de la Nación o baldíos nacionales; ii) Por iniciativa del propio Estado, a través de los proyectos de regularización y titulación masiva de tierras, o por levantamientos catastrales especiales sobre fincas patrimoniales de la Nación o sectores catastrales determinados de los baldíos nacionales.

Implementa: Ley Nº 24 - Declara de interés social las actividades de regularización y titulación masiva de tierra. (2006-07-05)

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Authors and Publishers

Author(s), editor(s), contributor(s)

Gaceta Oficial

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