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Biblioteca Decreto Legislativo Nº 667 - Ley del registro de predios rurales.

Decreto Legislativo Nº 667 - Ley del registro de predios rurales.

Decreto Legislativo Nº 667 - Ley del registro de predios rurales.

Resource information

Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC009218
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La Ley consta de 3 títulos, 35 artículos, 4 disposiciones transitorias y 14 finales. INDICE: Registro de predios rurales (I): Disposiciones generales (1), Títulos inscribibles (2), Inscripción de la propiedad de predios rurales (3), Inscripción de la posesión de predios rurales (4), Planos necesarios para la inscripción (5); Disposiciones transitorias (II); Disposiciones finales (III).La presente Ley crea el Registro de Predios Rurales, que formará parte del Registro Predial (art. 1º). Se considera predio rural a aquella porción de tierra ubicada en el área rural o en área de expansión urbana declarada zona intangible, dedicada al uso agrícola, pecuario o forestal; se considera también como predio rural a los terrenos eriazos calificados para fines agrícolas (art. 4º). El capítulo 3 (Inscripción de la propiedad de predios rurales) del título I distingue para el procedimiento de inscripción entre: a) predios rurales de propiedad del Estado; b) predios rurales de propiedad de particulares (por lo general, predios adjudicados en base a la reforma agraria); y c) parcelación de predios de las empresas campesinas asociativas, incluyendo en esta ultima categoría las sociedades de personas, cooperativas agrarias, sociedades agrícolas de interés social, empresas rurales de propiedad social y cualquier otra forma de organización campesina que conduzca directamente a la tierra, con excepción de las comunidades campesinas y nativas. Entre las pruebas de posesión podrán acreditarse: a) la posesión directa, continua, pacífica y pública del predio rural (art. 26); b) la explotación económica del predio rural que deberá acreditarse a través de la inspección ocular que efectúe el verificador (art. 27); c) declaración de colindantes o vecinos (art. 28); d) declaración de organizaciones de productores agrarios (art. 29); y e) declaración de organizaciones de usuarios del agua (art. 30).

Implementado por: Resolución Nº 237/99/SUNARP - Lineamientos generales para uso de formularios de inmatriculación, inscripción de transferencias, gravámenes, acumulación y parcelación de predios inscritos. (1999-07-19)
Enmendado por: Decreto Legislativo Nº 889 - Modifica la Ley del registro de predios rurales. (1996-11-08)
Enmendado por: Decreto Supremo Nº 018/98/AG - Pruebas para acreditar el derecho de posesión de predios rurales. (1998-10-22)
Enmendado por: Decreto Supremo Nº 018/98/AG - Pruebas complementarias válidas para acreditar el derecho de posesión de predios rurales. (1998-10-22)
Enmendado por: Resolución Nº 074/98/SUNARP - Documentos que constituyen pruebas complementarias de posesión de predios rurales. (1998-04-20)
Enmendado por: Ley Nº 28795 - Ley modificatoria de la Ley del registro de predios rurales. (2006-07-19)
Enmendado por: Ley Nº 27559 - Modifica el Decreto Legislativo Nº 667, Ley del registro de predios rurales. (2001-11-22)
Enmendado por: Ley Nº 27161 - Ley modificatoria y ampliatoria de la Ley del registro de predios rurales. (1999-07-15)
Enmendado por: Ley Nº 26838 - Modifica la Ley del registro de predios rurales. (1997-06-25)

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