El Centro de Asistencia Legal Para Pueblos Indígenas (CALPI) es una organización no gubernamental con personería jurídica otorgada por la Asamblea Nacional de Nicaragua por medio del Decreto No. 1316 del 27 de mayo de 1996, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 135 del 18 de junio de 1996.
Derecho del primer ocupante, entendiendo ocupante como aquel que se apropia de hecho de algún terreno según el principio la tierra pertenece al primer ocupante, se refiere a la adquisición de la propiedad como resultado de la toma en posesión de un bien mueble o de un bien inmueble sin dueño, con la intención de apropiárselo.
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