La tierra en el posconflicto: una mirada a dos experiencias internacionales | Land Portal

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El caso de Sudáfrica


Después de casi medio siglo de vigencia, en 1994 se derribó el aparato jurídico que le daba sustento a las prácticas racistas del apartheid en Sudáfrica. El proceso post apartheid se propuso reconciliar a toda la sociedad y construir un nuevo orden democrático donde todos los grupos étnicos tuvieran acceso a la tierra y a la participación política. 


Desde este año hasta noviembre del 2000, el partido político anti-apartheidCongreso Nacional Africano (ANC), con Nelson Mandela a la cabeza, llevó a cabo un proceso de transición que incluía ambiciosas medidas agrarias para cambiar el ordenamiento territorial de aquel país. Hasta entonces prevalecía la concentración de grandes extensiones de tierra en manos de las élites blancas y pequeñas extensiones de tierra habitadas por la población mayoritaria constituida por negros y por mestizos (“coloured”). 


Dado que bajo el apartheid la población se discriminó sobre la base de su “grupo racial,” el proceso de post-apartheid necesitó contrarrestar aquel ordenamiento mediante la restitución de tierras a quienes habían sido víctimas de los reasentamientos segregacionistas. 


Las políticas agrarias propuestas por el ANC buscaban conseguir tres objetivos[1]


(1) Restituir las tierras a quienes se les había negado o vulnerado su derecho en virtud de las políticas segregacionistas. 


(2) Dotar de fundos a los campesinos pobres y sin tierra. 


(3) Dar garantías de seguridad en la tenencia para gente negra que vivía en fincas productoras y comercializadoras (Walker, 2002). 


Las medidas buscaban además que las mujeres tuvieran acceso a la tierra y que las poblaciones especialmente vulneradas tuvieran un lugar en el proceso. 


Pero los resultados se quedaron cortos porque, según concluye Daniel Bromley[2], el proceso de post-apartheid no buscó una reforma agraria sino apenas la restitución de tierras para reparar a quienes habían sido despojados. 


Poner en marcha las políticas agrarias fue el aspecto más difícil del proceso y por eso,  seis años después del fin del apartheid, los avances habían sido mínimos. Tales políticas, en un contexto de economía de mercado, propiedad privada, marginalización de las áreas rurales y crecimiento de la clase media urbana, estaban destinadas a elevar la productividad agrícola y a crear una clase de propietarios rurales de raza negra, sin necesariamente cambiar el panorama de injusticia social[3]


De hecho, en algunos casos, la lógica del mercado trajo más injusticia para quienes habían sufrido la segregación y el despojo de tierras. Sólo aquellos que tuvieron los medios para adquirir predios y competir en el mercado accedieron a tierras,  creando otras estructuras de exclusión e inequidad. 


 


El caso de Guatemala



 

 

Los acuerdos firmados en 1996 pusieron fin a 34 años de confrontación y abrieron la posibilidad de construir la paz. 


El conflicto agrario y la concentración de la tierra, acompañados de políticas y prácticas racistas contra los indígenas, fueron causas importantes del conflicto armado, y por lo mismo habrían de ser temas centrales en las negociaciones de paz. 


Dadas las acciones genocidas de las fuerzas militares contra los pueblos indígenas, las partes suscribieron un“Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas”, que contemplaba, entre otras, estas medidas de reparación: 


  • Reconocimiento y formalización de tierras comunales de pueblos indígenas. 
  • Participación de los indígenas en la administración de recursos naturales en sus territorios. 
  • Derechos de restitución y compensación por tierras despojadas y provisión de tierras estatales a los pueblos indígenas que las necesitasen.  

Además de lo anterior, los negociadores abordaron el problema de la concentración y redistribución de tierras rurales. El “Acuerdo sobre aspectos socio-económicos y situación agraria”[4] incluyó la creación del Fondo Estatal de Tierras orientado a establecer “un mercado transparente de tierras y facilitar el desarrollo de planes de reordenamiento territorial”. Este acuerdo preveía diversas medidas[5]


· La restitución de tierras despojadas. 


· La recuperación de tierras indebidamente entregadas. 


· El acceso a crédito y a proyectos productivos. 


· La construcción de infraestructura.


· La capacitación, asistencia técnica, registro y formalización de derechos sobre las tierras. 


Pero todavía hoy, una de las dificultades para consolidar la paz en Guatemala es el precario cumplimiento de los acuerdos de 1996. Según Helmer Velásquez, la Misión Internacional de Verificación del Cumplimiento de los Acuerdos de Paz (MINUGA), coordinada por Naciones Unidas, señaló en el 2000 que: “El cumplimiento de los compromisos relativos a la tierra de los pueblos indígenas es aún insuficiente. La Misión estima que es urgente: integrar en una política agraria nacional la dimensión de la pluriculturalidad; desarrollar normas legales que faciliten la titulación y administración de las tierras de acuerdo con la normatividad consuetudinaria de las comunidades indígenas, y normar la titulación de tierras municipales o nacionales con clara tradición comunal.[6] 


El modelo de reforma agraria asistida por el mercado de tierras demostró sus limitaciones, no solo en términos de acceso a los predios, sino también de permanencia de la población indígena en el territorio: entre 1998 y 2010 el Fondo de Tierras logró adjudicar predios a cerca de 19.000 familias, de una demanda potencial que el mismo fondo fijó en 300.000[7]


Además, el modelo pactado no frenó el proceso de concentración y acaparamiento de tierras rurales. Según el Censo Nacional Agropecuario de 2003, el índice de Gini de concentración de tierras en Guatemala era de 0,84.  El 92 por ciento de los pequeños productores ocupaban el 22 por ciento de la superficie, mientras el 2 por ciento de los productores comerciales ocupaban el 57 por ciento de la tierra (Gobierno de la República de Guatemala).[8] 


 


Lecciones para Colombia 


Las experiencias de Sudáfrica y Guatemala sugieren varias lecciones para Colombia en el contexto de las negociaciones de La Habana: 


  • El acuerdo entre el gobierno y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) guarda ciertas similitudes con el documento que recoge los primeros avances de los diálogos entre las FARC y el gobierno colombiano: programas de acceso, formalización de tierras, asistencia técnica, creación de la jurisdicción agraria.
  • Por su parte, el proceso de la Comisión de Restitución de Tierras en Sudáfrica tiene puntos en común con la Ley de Restitución de Tierras en Colombia al plantear la devolución a víctimas del despojo.  
  • La revisión de estas experiencias pone de presente el limitado alcance de las políticas de restitución o de redistribución formuladas bajo principios de libre mercado. Estas políticas han resultado insuficientes para lograr los objetivos pactados en las mesas de negociación.
  • Si, de otra parte, el objetivo se limita a restituir derechos de las víctimas, las medidas bajo el principio del mercado tampoco fueron suficientes. 

Por lo tanto es posible concluir que la “paz sostenible” no sólo necesita de reformas leales, sino de un Estado decidido a regular activamente y a fiscalizar los avances los avances en materia agraria y de política de tierras. 


No menos importante, las reformas agrarias que se acuerden crearán grandes expectativas entre la población. El desafío consistirá en administrar y satisfacer esas expectativas, particularmente aquella de la población que ha sido victimizada y excluida. 


Para logar lo anterior es esencial ampliar desde el comienzo los espacios de  participación de los sectores sociales y las comunidades afectadas en el proceso de concebir e implementar las políticas agrarias. 


 


Investigadores del Equipo Tierras y Derecho al Territorio – CINEP/PPP

 




[1] Walker, Cherryl (2002) ‘Agrarian Change, Gender and Land Reform, A South African Case Study.’ United Nations Research Institute for Social Development, Social Policy and Development Program Paper No. 10.




[2] Bromley, Daniel W. (1995) 'South Africa — where land reform meets land restitution.' Land Use Policy 12, 99–103.




[3] Walker, op. cit.




[4] El texto completo de los acuerdos. Consultado el: 04.07.13.




[5] Garoz, Byron y Gauster, Susana. 2002. FONTIERRAS: El modelo de mercado y el acceso a la tierra en Guatemala. Balances y perspectivas.Guatemala, Congcoop – IDRC.




[6] Velásquez, Helmer (2011) Serie marcos legales de acceso a la tierra. Estudio Guatemala. International Land Coalition. Consultado el: 02.07.2013.




[7]Velásquez, op cit




[8] Gobierno de la República de Guatemala, 2009. Política Nacional de Desarrollo Rural Integral. Guatemala, mayo de 2009. Consultado el: 02.07.2013.




 


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Fuente foto : bobertson

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