La presente Ley tiene por objeto la preservación social y cultural de las comunidades indígenas, su efectiva participación en el proceso de desarrollo nacional así como la creación de un régimen jurídico que les garantice la propiedad de la tierra y otros recursos productivos. El título primero introduce normas generales sobre las comunidades indígenas, en particular acerca del asentamiento de las comunidades indígenas: asentamiento en tierras fiscales (arts. 21-23); asentamiento en tierras de dominio privado (arts. 24-27). El título segundo se ocupa de la creación del Instituto Paraguayo del Indígena.
Enmendado por: Ley Nº 919/96 - Modifica y amplía la Ley Nº 904/81, Estatuto de las comunidades indígenas. (1996-07-31)
Autores y editores
Faragasso, Romina (CONSLEG)
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Proveedor de datos
FAO Legal Office (FAOLEX)
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